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Trees and buildings under a clear blue sky.
Trees and buildings under a clear blue sky. · Alinson torres · Unsplash

BOE SECCIÓN SEGUNDA. Anuncios y avisos legales · CONVOCATORIAS DE JUNTAS

Gavá Marítima reduce capital

El Órgano de Administración de Gavá Marítima, S.A. convoca Junta General Ordinaria de Accionistas para el 29 de junio de 2026, para aprobar la reducción del capital social a cero euros y su posterior aumento hasta un máximo de 97.301,90 euros. La Junta se celebrará en el domicilio social de la empresa en Gavá, Barcelona.


Crónica

El Órgano de Administración de Gavá Marítima, S.A. convoca Junta General Ordinaria de Accionistas para el 29 de junio de 2026, para aprobar la reducción del capital social a cero euros y su posterior aumento hasta un máximo de 97.301,90 euros. La Junta se celebrará en el domicilio social de la empresa en Gavá, Barcelona.

La convocatoria de la Junta General Ordinaria de Accionistas de Gavá Marítima, S.A. se produce en un contexto de reestructuración de la empresa. El Órgano de Administración ha acordado reducir el capital social a cero euros para compensar pérdidas, y posteriormente aumentarlo hasta un máximo de 97.301,90 euros mediante la emisión de 3.238 nuevas acciones nominativas. Esta operación permitirá a la empresa sanear su balance y mejorar su situación financiera.

Los accionistas podrán solicitar aclaraciones y examinar los documentos relativos a la operación en el domicilio social de la empresa. La Junta se celebrará el 29 de junio de 2026, y en caso de no alcanzarse el quorum necesario, se celebrará el 30 de junio de 2026.

La reestructuración de Gavá Marítima, S.A. puede tener implicaciones para los accionistas y los empleados de la empresa. Los accionistas que no suscriban la posterior ampliación de capital perderán su condición de socios, lo que puede afectar a su participación en la empresa. Por otro lado, la mejora de la situación financiera de la empresa puede beneficiar a los empleados y a los clientes.

En cuanto a la competencia, la reestructuración de Gavá Marítima, S.A. puede tener un impacto en el mercado. La empresa puede mejorar su posición competitiva y aumentar su participación en el mercado, lo que puede afectar a sus competidores.

A quién afecta

  • Accionistas de Gavá Marítima, S.A.
  • Empleados de Gavá Marítima, S.A.
Texto íntegro del BOE desplegar

El Órgano de Administración de GAVÁ MARÍTIMA, S.A., de conformidad con lo previsto en los Estatutos Sociales y por el Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital, ha acordado por unanimidad convocar Junta General Ordinaria de Accionistas, que se celebrará, en su domicilio social sito en Gavá (Barcelona), Calle L’Escala, 6-8,Bajos, el día 29 de junio de 2026, a las 19 horas, en primera convocatoria, o bien de no alcanzarse el quorum necesario, el día 30 de junio de 2026, a la misma hora, en segunda convocatoria. La Junta se celebrará de acuerdo con el siguiente: parrafo Orden del día centro_redonda Primero.- Ratificación, en su caso, de la válida constitución de la Junta General y de los cargos de Presidente y Secretario designados para la misma. parrafo Segundo.- Examen y, en su caso, aprobación de las cuentas anuales referidas al ejercicio cerrado a 31 de diciembre de 2025, así como de la propuesta de distribución del resultado de dicho ejercicio y la gestión realizada por el Órgano de Administración. parrafo Tercero.- Conversión de las Acciones de la Sociedad en Acciones nominativas. En consecuencia, modificación artículo 6º de los Estatutos Sociales. parrafo Cuarto.- Reducir el capital social a cero euros (0 €), para compensar pérdidas, mediante la amortización de la totalidad de las acciones actuales sin contraprestación —advirtiendo expresamente la pérdida de la condición de socio para quienes no suscriban la posterior ampliación, y el aumento simultáneo del capital hasta un máximo de 97.301,90 euros mediante la emisión de 3.238 nuevas acciones nominativas de 30,05 euros de valor nominal cada una, a desembolsar mediante aportaciones dinerarias; delegando en el órgano de administración la fijación de las condiciones del derecho de suscripción preferente, las rondas de adjudicación y la posible oferta a terceros, aceptando la suscripción incompleta conforme al artículo 311 de la LSC y

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