← Volver al diario

Buque portacontenedores en navegación

BOE MINISTERIO DE TRANSPORTES Y MOVILIDAD SOSTENIBLE · Resolución

Marina Mercante emplaza

La Dirección General de la Marina Mercante emplaza a interesados en recurso contra el Real Decreto 1188/2025. Plazo de 9 días desde publicación en BOE para personarse ante Tribunal Supremo.


Crónica

La Dirección General de la Marina Mercante emplaza a interesados en recurso contra el Real Decreto 1188/2025. Plazo de 9 días desde publicación en BOE para personarse ante Tribunal Supremo.

La Asociación Pymes de Actividades Náuticas Islas Baleares y Associació de Centres de Busseig de Ses Illes Balears han interpuesto un recurso contencioso-administrativo contra el Real Decreto 1188/2025, que modifica normas en materia de Marina Mercante. La Dirección General de la Marina Mercante emplaza ahora a todos los posibles interesados en el mantenimiento del acuerdo o la resolución recurrida para que se personen ante la Sala Tercera del Tribunal Supremo.

El plazo para personarse es de 9 días a contar desde el día siguiente a la publicación de esta resolución en el BOE. Esta medida afecta a titulares de un derecho subjetivo o de un interés legítimo que aparezcan plenamente identificados en el expediente.

La resolución del Tribunal Supremo tendrá implicaciones para el sector marítimo, especialmente para las pymes y asociaciones que operan en el ámbito de las actividades náuticas. El coste de este proceso recae sobre los recursos de las asociaciones y empresas afectadas, que deberán invertir tiempo y dinero en la defensa de sus intereses.

En última instancia, la decisión del Tribunal Supremo sentará un precedente para la interpretación de las normas en materia de Marina Mercante, lo que puede tener un impacto a largo plazo en la regulación del sector.

A quién afecta

  • Asociaciones de actividades náuticas
  • Pymes del sector marítimo
  • Titulares de derechos subjetivos o intereses legítimos
Texto íntegro del BOE desplegar

La Sala Tercera de lo Contencioso-Administrativo, Sección Tercera, del Tribunal Supremo, ha comunicado la interposición, por parte de la Asociación Pymes de Actividades Náuticas Islas Baleares y Associació de Centres de Busseig de Ses Illes Balears, del recurso contencioso-administrativo contra el Real Decreto 1188/2025, de 26 de diciembre, por el que se modifican determinadas normas en materia de Marina Mercante, NIG: 28079 13 3 2026 0000076. parrafo En consecuencia, conforme al artículo 49 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, mediante esta resolución se emplaza a todos los posibles interesados en el mantenimiento del acuerdo o la resolución recurrida, que sean titulares de un derecho subjetivo o de un interés legítimo y que aparezcan plenamente identificados en el expediente, para personarse ante la Sala Tercera del Tribunal Supremo, si a su derecho conviene, disponiendo para ello de un plazo de nueve días a contar desde el día siguiente a la publicación de esta resolución en el «Boletín Oficial del Estado». parrafo Madrid, 10 de junio de 2026.–La Directora General de la Marina Mercante, Ana Núñez Velasco. parrafo_2

Noticias relacionadas

Lo que se ha movido en este patrón

Normas semánticamente similares

Otras normas que tratan lo mismo

No son cita ni dependencia explícita — son disposiciones que el modelo encuentra similares por contenido. Útil para detectar regulaciones convergentes en el mismo dominio.

Redacción asistida por IA · revisión editorial humana · fuente: BOE/EUR-Lex

La Vigencia · Boletín diario

Recibe cada mañana las novedades que te afectan

Disposiciones del BOE y EUR-Lex resumidas en castellano, con su impacto, cada mañana laborable. Sin tarjeta, cancela cuando quieras.


Página intermedia de La Vigencia. La fuente oficial es BOE — pulsa "Ver en BOE" arriba para el texto íntegro.