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BOE MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES · Resolución

Ministerio de Justicia resuelve concurso de funcionarios

La Subsecretaría del Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes resuelve el concurso general para la provisión de puestos de trabajo en el departamento. Se adjudican puestos de trabajo a los funcionarios que han superado el concurso y se declaran desiertos aquellos que no han tenido candidatos o no han alcanzado la puntuación mínima exigida.


Crónica

La Subsecretaría del Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes resuelve el concurso general para la provisión de puestos de trabajo en el departamento. Se adjudican puestos de trabajo a los funcionarios que han superado el concurso y se declaran desiertos aquellos que no han tenido candidatos o no han alcanzado la puntuación mínima exigida.

El Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes ha resuelto el concurso general para la provisión de puestos de trabajo en el departamento, convocado en diciembre de 2025. La Comisión de Valoración ha evaluado los méritos de los candidatos y ha propuesto la adjudicación de los puestos de trabajo. La Subsecretaría ha aprobado la propuesta y ha resuelto el concurso, adjudicando los puestos de trabajo a los funcionarios que han superado el concurso.

Los funcionarios que han obtenido destino deberán tomar posesión de su nuevo puesto en un plazo de tres días hábiles si no implica cambio de residencia, o de un mes si comporta cambio de residencia o el reingreso al servicio activo. El plazo de toma de posesión comenzará a contar a partir del día siguiente al del cese, que deberá efectuarse de oficio por el órgano competente dentro de los tres días hábiles siguientes a la publicación de la resolución del concurso en el Boletín Oficial del Estado.

La resolución también establece que los funcionarios que hayan obtenido destino desde la situación de servicios especiales o de excedencia para el cuidado de hijos tendrán derecho a la reserva del nuevo destino, sin que para ello sea preciso formalizar la toma de posesión del mismo hasta tanto se haga efectivo el reingreso al servicio activo. Además, el personal que ha obtenido destino a través de este concurso no podrá participar en concursos de méritos que convoque la Administración del Estado o otras Administraciones públicas, hasta que hayan transcurrido dos años desde la toma de posesión del puesto adjudicado.

A quién afecta

  • Empleados públicos
Texto íntegro del BOE desplegar

Por Resolución de 2 de diciembre de 2025 de la Subsecretaría (BOE de 12 de diciembre) se convocó concurso general para la provisión de puestos de trabajo en el Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes. parrafo Vista la propuesta formulada por la Comisión de Valoración y habiéndose cumplido las normas establecidas en el Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración general del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración general del Estado, aprobado por Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, así como las bases de la convocatoria, parrafo Esta Subsecretaría, en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 63.n) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, acuerda resolver el mencionado concurso en los siguientes términos: parrafo Primero. articulo Aprobar la propuesta de adjudicación efectuada por la Comisión de Valoración de los méritos del concurso y resolver el concurso adjudicando los puestos de trabajo de la referida convocatoria a los funcionarios en los términos que se recogen en el anexo IA y IB de esta resolución. parrafo Segundo. articulo Declarar desiertos y/o sin adjudicar los puestos que se especifican en el citado anexo IA, motivados por falta de peticionarios, por no haber alcanzado ninguno de los candidatos la puntuación mínima exigida, o por cualquier otra circunstancia prevista en la resolución de la convocatoria. parrafo Tercero. articulo El plazo de toma de posesión del nuevo destino obtenido será de tres días hábiles si no implica cambio de residencia del funcionario, o de un mes si comporta cambio de residencia o el reingreso al servicio activo. parrafo El plazo de toma de posesión comenzará a contar a partir del día siguiente al del cese, que deberá efectuarse de oficio por el órgano competente dentro de los tres días hábiles siguientes a la publicación de la resolución del concurso

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